Directorio

Directorio

lunes, 14 de noviembre de 2016

Alza máxima al impuesto predial del 20% en Edoméx





Para el 2017 las autoridades proponen mantener el tope al impuesto predial del 20 por ciento como alza máxima, así el importe anual a pagar por los contribuyentes el siguiente año no podrá exceder ese porcentaje de incremento, sobre lo que se debió cubrir en el ejercicio fiscal del año 2016.

De acuerdo con la iniciativa de Ley de Ingresos de los Municipios, las autoridades estatales proponen mantener las bonificaciones del 8, 6 y 4 por ciento a quienes paguen puntualmente en los primeros tres meses del año su predial y las tarifas de agua, además, tendrían la posibilidad de otorgar bonificaciones de hasta el 50 por ciento para que los usuarios se regularicen en sus pagos.

En materia de deuda, se mantiene la previsión de que los ayuntamientos podrán contratar financiamientos y asumir obligaciones contingentes para inversiones públicas productivas o para la reestructuración o refinanciamiento de pasivos, hasta por un monto que, sumado a la deuda existente, no rebase el 40 por ciento de sus ingresos ordinarios, y cuyo servicio anual, incluyendo amortizaciones, no exceda el 35 por ciento.

Para el pago anual anticipado del impuesto predial se plantea mantener una bonificación del 8, 6 y 4 por ciento, cuando se realice en una sola exhibición en los meses de enero, febrero y marzo respectivamente, y los contribuyentes que en los últimos dos años hayan cubierto sus obligaciones fiscales en los plazos establecidos tendrán un estímulo por cumplimiento de una bonificación del 8 por ciento adicional en enero, 6 en febrero y un 2 por ciento en marzo.

En cuanto al pago anual anticipado de los derechos de agua potable, se plantea la misma bonificación equivalente al 8, 6 y 4 por ciento sobre su importe total, cuando se realice en una sola exhibición durante los tres primeros meses y a quienes en los últimos dos años hayan cubierto sus obligaciones en los plazos establecidos tendrán un estímulo adicional por cumplimiento del 4 por ciento en enero y del 2 por ciento en febrero.

También se mantiene que los ayuntamientos otorguen a favor de pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos sin ingresos fijos y a personas físicas con percepciones diarias no mayores a tres salarios, una bonificación de hasta el 34 por ciento en el predial y de hasta el 38 por ciento en tarifas de agua al propietario o poseedor que acredite que habita el inmueble, aunque en el caso del agua será sin derivaciones.

La iniciativa plantea que los ayuntamientos otorgarán estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100 por ciento en el pago de contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios, a pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos sin ingresos fijos y a quienes tengan percepciones diarias de tres salarios mínimos; así como de asociaciones religiosas, instituciones de beneficencia pública o privada, asociaciones culturales, instituciones de enseñanza pública y otros que realicen actividades no lucrativas.

También se precisa que los ayuntamientos podrán acordar a favor de los contribuyentes sujetos al pago del Impuesto Predial que regularicen sus adeudos durante el ejercicio fiscal de 2017, estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100 por ciento del monto del Impuesto Predial a su cargo por ejercicios anteriores y los accesorios legales causados.

También podrán acordar a favor de los contribuyentes sujetos al pago del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles y a propietarios o poseedores de predios destinados a actividades agropecuarias, acuícolas y forestales, sujetos al pago del Impuesto Predial para que regularicen sus adeudos.

Asimismo se mantienen los estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100 por ciento en el pago de contribuciones, cuando se destinen a la apertura de unidades económicas de bajo impacto.

No hay comentarios :

Publicar un comentario