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miércoles, 30 de marzo de 2016

SCJN rechaza promover el aumento de circulación de autos en CDMX

El Máximo Tribunal Constitucional dijo que su decisión sobre el holograma de verificación Cero no tuvo como finalidad ni alcance permitir indiscriminadamente la circulación de vehículos automotores en el Valle de México.


El 2 de julio de 2015, la SCJN avaló que propietarios de automóviles modelo 2007 y anteriores puedan acceder al holograma de verificación Cero. (Archivo / Cuartoscuro)
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) finalmente salió al paso de las críticas que le han hecho por la decisión que tomó el 2 de julio de 2015 de avalar que propietarios deautomóviles modelo 2007 y anteriores puedan acceder al holograma de verificación Cero que le permite utilizar la unidad todos los días.

A través de un comunicado y en medio de una crisis que se vive en la ciudad por los altos índices de contaminación en el ambiente, el Máximo Tribunal Constitucional expuso que su decisión no tuvo como finalidad ni alcance permitir indiscriminadamente la circulación de vehículos automotores en el Valle de México.

“La resolución de este Alto Tribunal se dictó en protección del principio de igualdad, como valor primordial en todo Estado de Derecho”, aseguró la SCJN a través de un comunicado.

Advirtió que esta determinación facultó a los Jueces de Distrito para otorgar una suspensión a los interesados para que, de cumplir con las normas de verificación respectivas, obtuvieran un holograma que les permitiera circular todos los días, al igual que aquellos que sí están autorizados a recibirlo.

Insistió en que dicha suspensión sólo tendría el efecto de que, previo el pago de los derechos correspondientes, el solicitante acudiera a verificar su vehículo y obtuviera el holograma que objetivamente le correspondería, atendiendo al nivel de contaminantes que emitiese su automóvil, de acuerdo con los niveles que establece el propio programa, sin importar el año de fabricación del vehículo.

“Cabe precisar que esta decisión jurisdiccional sólo beneficiaría a quienes tramitaran un juicio de amparo”, puntualizó el Tribunal Constitucional, que insistentemente ha sido responsabilizado del incremento de vehículos en circulación en la capital, con las consecuencias que ello implica.

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