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martes, 12 de enero de 2016

De la reflexión de Rosalba Islas Bracho

Vida de perros…


Nosotros los caninos como mínimo deberíamos tener como espacio para vivir unos 100 metros, incluyendo al menos un 50% sin pavimentar, con escondites y recovecos.
Un compañero más grande, como un pastor alemán, necesita mínimo 250 metros, de los cuales debería tener al menos unos 100 metros sin pavimento. También requiere escondites y recovecos.
Si tuvieses que describir el lugar ideal de tu perro para vivir, ¿cómo sería? Apuesto que lo primero que has pensado es en una casa con un gran jardín. Lo cierto es que cada perro tiene unas necesidades concretas y, aunque influye bastante, no está estrictamente relacionado con el tamaño o la raza.
Seguro que conoces perros gigantes que lo que más le gusta es pasar su tiempo en el sofá descansando y pequeñines con una energía brutal a los que hay que cansar para evitar problemas en casa. Igual pasa con las razas, he conocido perros de agua o border collies muy caseros y gran danés o golden retrievers súper activos.
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la nueva Ley para la Protección y Bienestar de los Animales, donde por supuesto nos incluye a nosotros los perros y crea un marco jurídico en contra de actos de la crueldad y descuido.
La ley contempla diversas prohibiciones como:
• Dejar a las mascotas en azoteas y zote huelas para que vivan o se alojen sin contar con condiciones de seguridad y sanidad
• Permanezcan al interior de automóviles cerrados
• Venderlas en tiendas departamentales y de autoservicio, incluidos los tianguis y mercados
• Usar a los animales de guardia y protección en escuelas y centros comerciales
• Realizar prácticas de vivisección con fines didácticos en escuelas
• Provocar la muerte de perros y gatos con electrocuciones
Este instrumento privilegia la adopción y la esterilización por encima de la compra, sólo se podrá capturar a un animal, por petición ciudadana o de un grupo identificado, si se sospecha un caso de rabia.
Se establece que la eutanasia sólo podrá realizarse cuando el animal presente una enfermedad que le produzca dolor que no pueda ser controlado y que la sobrepoblación de animales callejeros no será motivo de sacrificio.
Una de las novedades de la ley es que los équidos (caballos, mulas y burros) utilizados para tiro, carga y carretoneros, serán sustituidos por vehículos motorizados para que realicen su trabajo.
Ya no seremos víctimas de las redadas a menos que sea petición de un ciudadano y seremos remitidos a los Centros de Control Canino, también llamado Antirrábico, pero con la diferencia que si no contamos con dueño ya no seremos sacrificados si no puestos en adopción.
TENEMOS DERECHO A UN TRATO DIGNO Y UNA VIDA CON UN HUMANO

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