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lunes, 26 de octubre de 2015

En un divorcio, quien se haya dedicado al hogar tiene derecho a mitad de los bienes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo con el que busca favorecer a aquella parte del matrimonio que no se desarrolló en el mercado laboral.
En cualquier divorcio, el cónyuge que se haya dedicado al trabajo del hogar y al cuidado de los hijos, deberá ser compensado hasta con la mitad de los bienes que el matrimonio haya adquirido, según resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La sentencia busca favorecer a aquella parte que no se desarrolló en el mercado laboral. El fallo tuvo lugar después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizara el caso de un hombre que se negaba a entregar a su exesposa bienes adquiridos durante su unión.
“El mecanismo compensatorio tiene como objeto resarcir el perjuicio económico causado al cónyuge que vio mermadas sus posibilidades de desarrollarse con igual tiempo, intensidad y diligencia en una actividad en el mercado laboral convencional por asumir determinadas labores domésticas y de cuidado”, señala un comunicado de la Suprema Corte de Justicia.
La Suprema Corte analizó el caso de un matrimonio disuelto en el que el hombre se negaba a entregar a su expareja distintos bienes adquiridos antes de 2008. En ese año entró en vigor una reforma al Código Civil del Distrito Federal, que establece el reparto de bienes cuando uno de los cónyuges sólo se haya dedicado al trabajo doméstico.
Una jueza que llevaba el caso absolvió al hombre, sin embargo, la exesposa promovió un amparo y esta semana la Suprema Corte falló a favor de ésta. Este caso sienta precedente en materia de divorcios.
Las mujeres son quienes dedican más horas al trabajo del hogar, pues pasan cuatro veces más tiempo que los hombres en dichas tareas, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

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