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miércoles, 29 de febrero de 2012

Sin denuncia de algún partido político, el IEEM no puede sancionar por "pintas" y colocación de mantas

Toluca, Edomex. (IEEM).- La autoridad electoral no puede sancionar a los actores políticos responsables de "pintas", mítines, colocación de "basura electoral" o entrega de obsequios, ya que el Instituto Electoral del Estado de México no actúa de oficio, y debe existir una denuncia de algún partido político, sostuvo el consejero José Martínez Vilchis.

Recordó, asimismo, que en la entidad aún no ha arrancado ni el periodo de precampañas, por lo que todavía no inicia el monitoreo. El integrante de la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión, aceptó que la propaganda que está diseminada a lo largo del territorio estatal es un tema que se analiza al interior del IEEM.

Sin embargo, dijo, no podemos actuar de oficio, se tienen que presentar quejas y denuncias por parte de los partidos políticos, que sientan que sus intereses son afectados.

Recordó que existe el procedimiento de quejas y sanciones que señala que los partidos podrán quejarse, incluso impugnar o demandar, por la colocación de propaganda anticipada, y entonces el IEEM actuará en ese momento.

Mencionó que si los casos llegan a los tribunales se podrían, incluso, calificar como actos de precampaña.

Algunos sólo tienen la fotografía y el nombre, y eso qué quiere decir. ¿Qué es una promoción política? ¿Qué es una iniciativa de un ciudadano?

Manifestó que sin una denuncia previa el IEEM no puede actuar antes de que inicien las precampañas, cuyo periodo legal arranca el 25 de marzo.

Cuando estemos en los periodos de precampañas, intercampaña o campaña es diferente; incluso, por eso se monitorea, para que se pueda hacer una intervención vía Órgano Técnico de Fiscalización o alguna exposición al IFE de lo encontrado", concluyó.

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