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lunes, 3 de octubre de 2016

Cartilla de derechos para detenidos, víctimas u ofendidos emite CESC






Los policías se apegarán a las leyes y se conducirán con respeto a los derechos humanos.


La Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana (CESC) emitió un acuerdo por el que se establece la Cartilla de Derechos que le asisten a los Detenidos, Víctimas u Ofendidos, a través de la cual busca garantizar a la ciudadanía que -al momento de una detención- los policías se apegarán a las leyes y se conducirán con respeto a los derechos humanos.

El documento señala las disposiciones en favor de la víctima u ofendido (a) y del detenido (a), a fin de que reciban asesoría jurídica, se les informe a la brevedad los derechos que les asisten, además de sensibilizar a las y los elementos de la CESC en materia de prevención, atención y seguimiento de las detenciones.

De esa forma, ahora todos los elementos de la CESC tienen la obligación de portar las Cartillas de Derechos, a fin de notificar a los detenidos de sus prerrogativas -en forma verbal o por escrito- para que conozcan cuáles son sus derechos durante el tiempo que demore su presentación ante la autoridad competente, y de no hacerlo, se dará vista a la Inspección General de las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de México.

El acuerdo publicado en Gaceta de Gobierno y firmado por el comisionado de seguridad, Eduardo Valiente, exige que al momento de una detención los elementos de la CESC den lectura al detenido (a) sobre sus derechos; entre ellos: a que se presuma su inocencia, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa; a saber los motivos de su detención, a declarar o a guardar silencio, lo cual no podrá ser utilizado en su perjuicio y a que se le informen los hechos que le imputan y derechos que le asisten.

También le deberán informar que tiene derecho a comunicarse con un familiar y defensor desde el momento de su detención; a una defensa adecuada por licenciado en Derecho o abogado titulado con cédula profesional; a ser puesto a disposición del Ministerio Público de forma inmediata, de no recibir algún tipo de tortura, sometimiento, procedimiento de técnicas, ni métodos que atenten contra su dignidad o voluntad, pues de ocurrir, puede denunciarlo a la autoridad.

Además tiene derecho a no ser expuesto ante los medios de comunicación y los policías deberán preguntarle si comprendió sus derechos y si sabe que puede hacer uso de ellos inmediatamente.

En caso de ser necesario, los detenidos tendrán derecho a un traductor e intérprete; a que el consulado de su país sea notificado de su detención; a solicitar asistencia social para los menores de edad o personas con discapacidad cuyo cuidado personal tenga a su cargo; a no ser detenido (a) desnudo (a) o en prendas íntimas; a recibir atención clínica si padece una enfermedad física.(S)

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