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viernes, 21 de agosto de 2015

Cómo dejar tu empleo y mantener tu seguridad social

Un trabajador que pasa al estatus de independiente puede mantener su seguridad social y continuar inscrito en el régimen obligatorio del IMSS de forma voluntaria, aunque no se cubren todos los rubros.




Aunque dejes de estar en una nómina, puedes continuar con tus derechos de seguridad social. (Sabina Iglesias)
Si fuiste un trabajador formal que laboró en una empresa y que desafortunadamente quedó desempleado o simplemente tomaste la decisión de ser tu propio jefe, puedes continuar con tus derechos de seguridad social aún cuando dejes de estar en una nómina y te involucres en el mundo del trabajo independiente.

Un ocupado formal que se pase al terreno autónomo, es decir, que trabaje por honorarios, realice colaboraciones, consultorías, sea comisionista, profesionista emprendedor, persona física con actividad empresarial o simplemente que ya no desee trabajar para una empresa,puede seguir inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Jaime Gutiérrez, director de la consultora Mi Retiro y Pensión, señaló que una persona que pasa al estatus de independiente puede continuar inscrito en el Régimen Obligatorio (RO) a través de la Continuación Voluntaria (CV) o Modalidad 40 (M-40).

Esta modalidad está dirigida a las personas aseguradas que fueron dadas de baja del IMSS por una empresa y dejaron de estar sujetas al RO, no obstante, reingresan por cuenta propia a ese régimen, con lo cual se les reconoce el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores.


De acuerdo con el IMSS, la continuación voluntaria cubre los seguros de Invalidez y Vida (SIV) y de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SRCV).

“A través del primer seguro, podrá conservar la protección en caso de una enfermedad o accidente no profesional, cuya consecuencia daría derecho a pensión y con el seguro de retiro, cesantía y vejez continuará vigente en derechos, seguirá acumulando semanas de cotización e incrementando el saldo de su cuenta individual”, explicó Jaime Gutiérrez.

LIMITACIONES
Gabriel Aranda, consultor en materia Laboral y Seguridad Social, señaló que una persona con una relación de trabajo subordinada tiene en el “paquete completo” de seguridad social en México la cobertura del SIV y SRCV, así como los seguros de Riesgos de Trabajo; Enfermedades y Maternidad; Guarderías y Prestaciones Sociales e Infonavit.

Pero, cuando un trabajador deja de tener una relación laboral y se convierte en independiente, debe elegir “como menú de restaurante” qué es lo que quiere de ese paquete completo.

La continuación voluntaria le da acceso al trabajador independiente al SIV y SRCV pero no a los servicios médicos,para lo cual deberá contratar por separado éstos a través del Seguro de Salud para la Familia; tampoco cubre el Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales.

Gutiérrez mencionó que la CV tiene un costo de 10.075 por ciento del salario mensual convenido con el IMSS, considerando como salario inferior el registrado al causar la baja y como límite mayor hasta 25 veces el Salario Mínimo Vigente del Distrito Federal (SMVDF) y apuntó que si el trabajador deja de pagar las cuotas por dos meses consecutivos se pierde el derecho.

Al ser dado de baja de una empresa se pierde el derecho al Seguro de Riesgos de Trabajo, no se tiene derecho a subsidios como incapacidades médicas ni a la aportación de 5 por ciento del Infonavit (vivienda).

TIPS
Requerimiento. Contar con mínimo 52 cotizaciones semanales en los últimos 5 años previos a la baja y no estar disfrutando de pensión de SIV ni SRCV.

Elige. El salario en el que deseas cotizar podrá ser mayor o igual al registrado al momento de la baja, sin que rebase el límite superior de 25 veces el salario mínimo vigente del DF.

El menú. Al inscribirte en la CV, podrás elegir entre seguir protegido a partir de la fecha de tu solicitud de inscripción o del día siguiente de tu baja, cubriendo las cuotas que no fueron entregadas al IMSS.

El trámite. No otorga el derecho a los servicios médicos, pero se tiene la opción de contratarlos independientemente a través del Seguro de Salud para la Familia.

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