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martes, 23 de junio de 2015

Pide Osfem iniciar con las entrega-recepción

Municipios deben rendir cuentas


Los 125 municipios mexiquenses tienen menos de medio año para dejar cuentas claras y evitar que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) pueda iniciarles algún procedimiento de responsabilidad por faltantes de recursos, bienes, obras inexistentes, entre otras.

El OSFEM ya emitió los lineamientos para regular la entrega-recepción de los municipios que concluirán su gestión este 31 de diciembre, con lo cual inicia la cuenta regresiva para los ediles que antes de dejar el cargo deben garantizar una administración ordenada.

De acuerdo con lo publicado por el OSFEM, los municipios deben entregar el despacho y de la documentación e información inherente a su cargo, entre ellas: el acta de entrega-recepción, a fin der obtener sus constancias de no adeudo, y todos deben hacerlo de forma electrónica para evitar pérdidas de documentos municipales.

Las entregas-recepción incluyen no sólo las diferentes áreas del municipio; sino también a los organismos de agua, a los DIFs de los ayuntamientos y a los institutos municipales de cultura física y deporte, y entre quienes están obligados a hacer la entrega-recepción se encuentran: los presidentes municipales, síndicos y regidores.

También tienen la obligación de hacerlo: secretarios del ayuntamiento, tesoreros, directores de administración, de obras públicas; los titulares de los órganos de control interno, de las unidades de información, de áreas a nivel dirección, encargados de despacho, entre otros.

Las actas de entrega-recepción deben incluir información de la oficina, evaluación programática, administrativa, laboral, catastral, obras públicas, patrimonial y su revisión se realizará en los siguientes 180 días hábiles.

Las actas de entrega-recepción son únicas, obligatorias e inalterables, y de acuerdo con los lineamientos, serán llenadas de forma electrónica en el sistema, evitando espacios en blanco, y serán base para la correcta, ordenada, oportuna, transparente y completa integración de la información.

Una vez suscrita el acta, no podrá presentar borrones, tachaduras, enmendaduras o cualquier otro tipo de corrección y alteración, pues de hacerse, perdería su validez.

Cuando exista duda sobre la autenticidad del documento electrónico remitido, el Órgano Superior puede solicitar que el documento impreso le sea presentado directamente o que sea enviado por correo certificado con acuse de recibo.(S)


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