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sábado, 14 de febrero de 2015

ONU señala desafíos sobre desapariciones

Hace un llamado al gobierno con el fin de que se cumplan las obligaciones consagradas en la convención internacional sobre el tema.

Mèxico.-
En un documento de 11 páginas, el Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas dio a conocer sus observaciones finales sobre el informe presentado por México los días 2 y 3 de febrero en Ginebra, Suiza, donde advierte que el “grave caso” de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa, “ilustra los serios desafíos que enfrenta el Estado en materia de prevención, investigación y sanción de las desapariciones forzadas y búsqueda de personas desaparecidas”.

En el apartado Principales motivos de preocupación y recomendaciones, el comité de la ONU destaca que los datos aportados por nuestro país ilustran un contexto de desapariciones generalizadas en gran parte del territorio nacional, que en su mayoría podrían calificarse como desapariciones forzadas.

En este sentido, hizo un llamado al gobierno de México con el fin de que adopte las medidas necesarias para asegurar que, tanto a nivel federal como estatal, la legislación y la práctica se ajusten plenamente a las obligaciones consagradas en la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

Al respecto, lo alienta a aprobar a la mayor brevedad posible una ley general que regule de manera integral los aspectos de la desaparición forzada contenidos en la convención, en particular aquellos relativos a la prevención, investigación, juzgamiento y sanción de las desapariciones forzadas, así como a la búsqueda y situación legal de las personas desaparecidas. Asimismo, el Comité recomienda que se garantice la participación de las víctimas de desaparición forzada, las organizaciones de la sociedad civil y la CNDH en todo el proceso encaminado a la adopción de esta ley”, manifestó.

El Comité de la ONU agregó que se deben adoptar medidas legislativas para que a la brevedad posible, la desaparición forzada sea tipificada como delito grave y tenga un plazo prolongado de prescripción.

De igual forma, recomendó la creación de un registro único de personas desaparecidas a nivel nacional que permita establecer estadísticas confiables con miras a desarrollar políticas públicas integrales y coordinadas encaminadas a prevenir, investigar, sancionar y erradicar este “delito aberrante”.

Indicó que el Estado debe redoblar sus esfuerzos para prevenir e investigar las desapariciones de migrantes, en cooperación con los países de origen y destino, y con la participación de las víctimas y la sociedad civil.

El comité alienta al Estado a que considere establecer en el ámbito de la PGR una unidad fiscal especializada en la investigación de las desapariciones forzadas que cuente con recursos adecuados, en particular personal específicamente capacitado en la materia”, señaló.

En sus conclusiones, dadas a conocer este viernes, el Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas estableció como fecha límite el 13 de febrero de 2018 para que México presente “información concreta y actualizada acerca de la aplicación de todas sus recomendaciones”.

RECOMENDACIONES
El Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas emitió el documento Principales motivos de preocupación y recomendaciones:

Los datos aportados por nuestro país ilustran un contexto de desapariciones generalizadas en gran parte del territorio nacional, que en su mayoría podrían calificarse como desapariciones forzadas.

La ONU hizo un llamado al gobierno de México con el fin de que adopte las medidas necesarias para asegurar que, tanto a nivel federal como estatal, la legislación y la práctica se ajusten plenamente a las obligaciones consagradas en la convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.

El comité recomienda que se garantice la participación de las víctimas de desaparición forzada, las organizaciones de la sociedad civil y la CNDH en todo el proceso encaminado a la adopción de esta ley.

Estableció como fecha limite el 13 de febrero de 2018 para que México presente “información concreta y actualizada acerca de la aplicación de todas sus recomendaciones.

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