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viernes, 19 de diciembre de 2014

Prohíben table dance, barras libres y apuestas

Diputados aprobaron nueva ley que prohíbe actividades como: table dance, bailes eróticos, apuestas ilegales, pornografía, lenocinio, trata de personas, tráfico de menores, entre otros

Toluca, México.- La Legislatura mexiquense aprobó la Ley de Ordenamiento y Competitividad Comercial del Estado de México, con la cual pretenden poner orden en todos los giros comerciales, prohibir y sancionar los table dance, las barras libres, cerrar establecimientos propicios para la delincuencia común y organizada, pero también facilitar la expedición de trámites.

El presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y legislador del PRI, Apolinar Escobedo Idelfonso afirmó que con la nueva norma, a la que no hicieron mayores cambios, se señalan claramente las competencias de cada autoridad, la prohibición de actividades como: table dance, bailes eróticos, apuestas ilegales, pornografía, lenocinio, trata de personas, tráfico de menores.

Además, busca evitar la operación de giros "rojos y negros".

De igual forma, se regulan los juegos mecánicos y electromecánicos, la ubicación de video juegos, los baños públicos, gimnasios, todas las unidades que presten al público el servicio de acceso a Internet, estacionamientos, lavados de autos, lotes de autos, e incluso las casas de empeño, los locales de llantas, aserraderos, a valuadores, se prohíbe que los domicilios sean arrendados para fiestas.

Otro cambio es que ahora se clasifican las unidades económicas en bajo, mediano y alto impacto; los primeros son para regular tiendas y otros establecimientos; mientras salones de fiestas, restaurantes, hoteles, teatros y auditorios, cines y clubes privados, serán considerados de mediano impacto y de alto impacto como: bares, cantinas y salones de baile, discotecas, video bares, pulquerías, centros nocturnos, bailes públicos, centros botaneros y cerveceros, restaurantes bares. El horario máximo de venta de alcohol será a las 2:00 de la mañana.

Las autoridades deberán tener un registro de todos los establecimientos y abrir una ventanilla de gestión para tramitar los permisos de las unidades de mediano y alto impacto y una única para las de bajo impacto, con plazos de respuesta, con el fin de agilizar todos los permisos, y tanto la autoridad estatal, como los ayuntamientos deberán tener zonas especiales para la instalación de unidades de alto impacto, encargadas de la venta de vehículos usados y de autopartes.

La Ley de Competitividad establece que todos los espacios deben contar con instalaciones para permitir el libre desplazamiento de las personas con alguna discapacidad, cajones de estacionamiento, sistemas de ahorro de agua, de bajo consumo de energía; además, las unidades de alto impacto deberán colocar video cámaras, equipos y sistemas tecnológicos privados enlazados a la Secretaría de Seguridad Ciudadana en sus establecimientos.

En cuanto a los juegos electrónicos o de video, no deberán colocarse a menos de 250 metros a la redonda de algún centro escolar, y deberán clasificarse en: inofensivo, poco agresivo, agresivo, para mayores de 15 años; altamente agresivo para mayores de 18 años y en ningún caso podrán mostrar imágenes sexuales o pornográficas, ni discriminatorias.

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