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viernes, 12 de julio de 2013

Pedirán facturas para empeñar en el estado de México

Diputados avalan solicitarlas en préstamos superiores a 3 mil 500

Toluca, México.- Será indispensable que pignorantes presenten su factura para poder empeñar algún artículo en las casas de empeño, cuyo costo sea superior a los tres mil 500 pesos, aprobaron diputados locales, quienes además advirtieron que en caso de no acatarlo, los infractores serán sujetos a sanciones administrativas, las cuales dependerán del precio del producto.

Integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Desarrollo Económico, Industrial, Comercial y Minero, aprobaron ayer la iniciativa de ley que regula las casas de empeño en el Estado de México, enviada por el ejecutivo estatal.

En ella se menciona que, ante una emergencia, algunos sectores de la población recurren al sector del préstamo prendario para solventar sus necesidades inmediatas, por lo cual es necesario regular su actividad y garantizar al público usuario la transparencia y formalidad de dichos establecimientos para evitar que se caiga en la comisión de delitos.

Es por ello que los proveedores deberán transparentar sus operaciones e informar acerca de los términos y condiciones de los contratos, además de la tasa de interés anualizada sobre los saldos insolutos.

Este tipo de establecimientos que ofrecen los servicios de mutuo con interés y garantía prendaria, han proliferado, principalmente en el Estado de México, derivado del porcentaje de población que no accede a los servicios financieros y bancarios, y que opta por los servicios que las casas de empeño, puesto que exigen menos requisitos que las instituciones bancarias, además de la rapidez de la liquidez económica.

La iniciativa no se contrapone a las disposiciones federales expuestas, debido a que no pretende regular el acto de comercio llevado a cabo por las casas de empeño, sino que su objetivo es proteger a la población, pues contará con la certeza del funcionamiento y operación de dichos establecimientos al estar bajo la supervisión del Gobierno del Estado de México.

El documento también indica que el procedimiento de empeño se sujetará a las reglas siguientes: el pignorante presentará al valuador la prenda a empeñar y el valuador procederá a verificar la autenticidad de ella, si no es auténtica, la devuelve al pignorante y si lo es, procede a valuarla y a ofrecer la cantidad que presta por ella.

Si el pignorante no la acepta, la prenda se le devuelve y si la acepta, se procede a la identificación y almacenamiento de la misma, se solicitará la identificación y procederá a elaborar la boleta de empeño. Se entregará la boleta al pignorante para que cobre y el cajero de empeño revisará, firmara y pagará el préstamo.

Los prestamistas quedarán obligados a indemnizar a los pignorantes en los casos de pérdida, extravío, deterioro, incendio o cualquier otra causa que les impida hacer entrega de la cosa empeñada en la misma forma en la que la recibieron, por un importe igual al valor real declarado en la póliza respectiva.

En su momento, el diputado Apolinar Escobedo calificó como grave el problema de informalidad en que las casas de empeño trabajan, además que "existe un número importantísimo en cada municipio".

Agregó que la iniciativa aprobada en el Congreso local no transgrede ninguna atribución de la norma federal, sólo se concreta a regular los permisos, las licencias para la operación de estas instituciones que prestan recursos a la gente más necesitada y donde la autoridad estatal tendrá mucho que ver para su creación y funcionamiento.

"La parte que tiene que ver con el porcentaje de cobro e intereses, es exclusivamente de la autoridad federal y esta iniciativa no la transgrede de ninguna manera".
Precisó que el "candado" para los productos robados empeñados, será la factura, puesto que su presentación garantizará que se trata de un producto legal y, consecuentemente, podrá ser empeñado.

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